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06/09/2019

Uruguay admitió ante la CorteIDH el incumplimiento de sentencia Gelman

Se realizó una audiencia privada para supervisar el cumplimiento del fallo. Representaron a Uruguay el embajador en Colombia y la directora de DDHH de Cancillería

La CorteIDH realizó su 62° Período Especial de Sesiones en Bogotá, Colombia. Foto: CorteIDH. 

Fabián Werner / Sudestada / @fwernerv 

El Estado Uruguayo admitió ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) la falta de avance en el cumplimiento de la sentencia Gelman, que obligó en 2011 al país a investigar los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura y a reconocer su imprescriptibilidad.

La instancia fue convocada por la CorteIDH luego de un pedido realizado a finales de 2018 por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). En la audiencia estuvieron presentes Macarena Gelman, la directora ejecutiva de CEJIL Viviana Krsticevic y la directora del programa del Cono Sur y Bolivia María Noel Leoni. En representación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estuvo el abogado Christian González.

El Estado uruguayo designó en su representación al actual embajador ante Colombia, Fernando Sanclemente, y a la directora de Derechos Humanos de la Cancillería, Daniela Pi.


Sanclemente y Pi (a la izquierda) representaron al Estado Uruguayo en la audiencia de la Corte. Foto: CorteIDH. 

Leoni dijo a Sudestada que “quedó muy claro que la sentencia se incumple” ya que las medidas que ha tomado el Estado en los últimos años son insuficientes. “Esto incluso fue reconocido por el Estado”, explicó.

La representante de Cejil consideró “frustrante” que a pesar de este reconocimiento de Uruguay “el Estado no asumió ningún compromiso específico, en gran medida porque quienes fueron a la audiencia no podían hacerlo. Y, más allá de decir que permanece la voluntad de cumplir, no queda claro cómo va a superar efectivamente los obstáculos, que no son nuevos ni desconocidos para nadie, tampoco para el Estado”.

Durante la audiencia CEJIL manifestó “frustración con la lentitud y los avances a medias, y los jueces también. Expusimos claramente los obstáculos que persisten para investigar realmente la desaparición de María Claudia y la sustracción de identidad de Macarena Gelman, la cual sigue impune. Y además las razones por las que la sentencia condenatoria no representa justicia efectiva, incluyendo las condiciones de ejecución de las penas de los condenados y la falta de condena por desaparición forzada”.

Todos estos elementos están señalados en la sentencia del 2011, que Uruguay se comprometió a cumplir pero sigue en buena parte sin hacerlo, a pesar de una audiencia de supervisión ocurrida en 2013 donde la Corte constató su incumplimiento. 

Leoni dijo que durante la audiencia también se denunció la persistencia de obstáculos a nivel del Poder Judicial, donde a pesar de la inaplicabilidad de la Ley de Caducidad, se mantiene “la resistencia a ejercer el control de convencionalidad, que obliga a los jueces a examinar la compatibilidad de las normas nacionales aplicadas en un caso concreto con la Convención Americana de Derechos Humanos y la jurisprudencia de la CorteIDH.

La Justicia como obstáculo 


Callejón de los Derechos Humanos, fachada de la Suprema Corte de Justicia. Foto: Sudestada. 

La Justicia uruguaya también desconoce el carácter de crimen de lesa humanidad de los delitos cometidos durante la dictadura cívico-militar, permite la utilización de maniobras dilatorias en los procesos y omite la promoción de investigaciones de oficio, enumeró la abogada.

Asimismo, CEJIL señaló la existencia de obstáculos para la búsqueda de las personas desaparecidas, particularmente María Claudia García, sobre cuyo caso se expidió la Corte en 2011. “Más allá de excavaciones e investigaciones antropológicas que son importantes, no hay y no hubo investigación. No existe una política que respalde las búsquedas, ni planes basados en investigaciones”, consideró Leoni.

Si bien la abogada del CEJIL evaluó como positiva la nueva propuesta de ley que traslada la responsabilidad de las futuras investigaciones a la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), al mismo tiempo expresó su preocupación ante la posibilidad de que la puesta en funcionamiento del nuevo mecanismo demore todavía más el cumplimiento de la sentencia.

“El Estado debe buscar a las personas desaparecidas y debe hacerlo por todos los medios posibles, pero debe también garantizar justicia”, recordó Leoni. Sin embargo, en el proyecto de ley “no están claras las garantías de presupuesto adecuado, y tampoco queda claro cómo el mecanismo va a colaborar y coordinar con el mandato de la fiscalía de investigar”.

Entre las peticiones realizadas por CEJIL durante la audiencia, Leoni señaló la adopción de una política integral para la búsqueda de Justicia y de las personas desaparecidas. “Esta política tiene que ser construida con la participación de víctimas y familiares, tiene que contar con recursos adecuados, y tiene que comprometer a todos los poderes y entidades del Estado que tienen competencia sobre estos temas, identificando claramente la forma en que deben cooperar y colaborar”, explicó.

En el caso de la búsqueda de personas desaparecidas, dijo que la forma de hacerlo surge claramente de los 16 Principios rectores del Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas, que en su capítulo 8 recomienda la adopción de una estrategia integral de investigación.

La CorteIDH no está obligada a emitir un pronunciamiento con recomendaciones al Estado Uruguayo, y en caso de que lo haga no tiene un plazo determinado. Cuando se produjo la anterior audiencia de supervición de cumplimiento el tribunal resolvió hacerlo un mes después. 

 
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