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13/06/2018

Ley de riego: comisión por el agua denuncia "parodia" de consulta pública

El gobierno avanza en el proceso de aplicación de la polémica Ley de Riego a pesar de los cuestionamientos de la sociedad civil, que rechazó la convocatoria a un proceso de audiencia pública.

La Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida calificó como “tardía e inútil” la convocatoria a una audiencia pública porque asegura que “no hay reglamentación posible que pueda revertir su inconstitucionalidad”.

Ante esta situación llaman a redoblar los esfuerzos para alcanzar las firmas necesarias para realizar un referéndum que derogue la ley, que ya tuvo pronunciamientos críticos de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República y de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

Por ejemplo la sección Limnología de la Facultad de Ciencias señaló en un informe de junio de 2016 que el proyecto “no considera el impacto ambiental de la construcción de represas a gran escala. A lo largo del texto solo se menciona el mantenimiento de "caudales ecológicos," "mantener la calidad del agua" y "contar con la autorización ambiental cuando corresponda," lo que parecen ser precauciones ambientales insuficientes dada la magnitud del impacto potencial de las represas”.

Por su parte, la INDDHH expresó en un extenso informe de 11 páginas que la aplicación de la Ley de Riego “podría generar vulneraciones en derechos humanos fundamentales, como son el derecho a un ambiente sano, al acceso al agua potable y a la participación social”.

En este sentido la institución recordó al gobierno que es “fundamental que el ordenamiento jurídico contemple los estándares internacionales sobre derechos humanos relacionados al agua y al ambiente”, por lo cual recomendó, entre otras medidas, garantizar la participación de la sociedad civil en todos los aspectos de la planificación, gestión y control de los recursos hídricos, asegurar la protección de las fuentes de agua potable, prever espacios para la solución de controversias, establecer sanciones claras y efectivas de distinto tipo hacia quienes incumplan con la normativa, así como producir y publicar información clara y precisa relativa al agua y al ambiente.

“Una parodia”

El comunicado de la Comisión reafirma su posición respecto a la inconstitucionalidad de la ley 19.553 que promovió el Poder Ejecutivo debido a que “profundiza el estado actual de contaminación que se registra en las cuencas hidrográficas del país y permite la privatización de la gestión del agua”. Este punto, según la comisión, contradice la reforma constitucional aprobada en el plebiscito del 2004.

Según el pronunciamiento de la sociedad civil, la convocatoria a la “participación ciudadana” impulsada por el Poder Ejecutivo “es una parodia de consulta pública. Abrir una instancia de supuesta participación pública durante la reglamentación de la Ley es apenas una consulta tardía e inútil, que no puede reemplazar las instancias requeridas por la Constitución y la Ley”.

La comisión sostiene que desde que se inició el proceso de presentación de la Ley de Riego ante el Parlamento “no ha habido intención real de considerar los alertas planteados desde las organizaciones sociales y la academia. Ahora se anuncia que durante una semana se recogerán sugerencias y comentarios sobre la reglamentación que -luego de transcurrida otra semana- serán devueltos por el Poder Ejecutivo”.

Según el comunicado la convocatoria a esta instancia “no fue abierta y se realiza a media mañana de un día laboral” por lo que cuestionan a quiénes está destinada y cuáles son los colectivos y personas que el gobierno quiere que participen. “No legitimaremos este proceso con nuestra presencia”, anuncia.

El pronunciamiento recuerda que según el Artículo 47 de la Constitución de la República y la Ley Nacional de Aguas N° 18.610 existen en el ordenamiento legal vigente “instancias de participación ciudadana real y efectiva, tanto en la planificación, como en la gestión y el control de los recursos hídricos”.

“Ninguna de estas instancias se ha garantizado a nivel nacional durante el período de presentación y promulgación de esta ley. Tampoco fueron considerados los aportes de académicos, organizaciones sociales e instituciones que en diferentes oportunidades expresaron sus advertencias públicas sobre los efectos nocivos de esta Ley sobre el agua y el ambiente”, plantea el texto.

“De cualquier manera”

El investigador y docente de la Facultad de Ciencias Daniel Panario cuestionó el contenido de la reglamentación de la Ley de Riego, cuyo borrador fue presentado este martes, y consideró que su texto implica que el gobierno decidió hacer “las represas de cualquier manera”.

En su muro de la red social Facebook Panario expresó: “con no poco asombro veo que finalmente salió la reglamentación de la ley de riego con el artículo 15, que es como decir haremos las represas de cualquier manera. Sea cual sea el impacto ambiental de las mismas. Invito a leer los artículos 13 14 y 15 que transcribo”.

“Ahora entiendo el motivo de la campaña publicitaria de OSE que también planifica su represa”, añadió Panario.

El artículo 13 del decreto reglamentario refiere al “Programa de promoción del riego” y establece que a los efectos de lo previsto en el artículo 17 de la Ley No 19.553 el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca “elaborará y actualizará según corresponda, un programa de promoción del riego que incluya las estrategias de fomento y el conjunto de las potenciales obras hidráulicas para riego por cuencas hidrográficas, basados en estudios de caracterización que contemplen los aspectos hidrológicos, ambientales y socio económicos”.

El texto agrega que cada uno de los organismos tendrá especialmente en cuenta el referido programa al momento de otorgar autorizaciones, permisos o concesiones, a proyectos de riego y obras hidráulicas impulsadas por privados.

El artículo 14, mientras tanto, refiere a la “Evaluación ambiental” de los proyectos y establece que el proceso de elaboración y revisión o actualización del programa de promoción del riego, “integrará la dimensión ambiental, mediante una evaluación ambiental estratégica".

A esos efectos, señala la reglamentación, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente “definirá los aspectos de la dimensión ambiental a ser considerados en la citada evaluación ambiental estratégica”. Dicho proceso, añade, incluirá la información ambiental y los estudios necesarios, los que se reunirán en un Informe Ambiental Estratégico, que contendrá en primer lugar los aspectos relevantes de la situación ambiental y los valores prioritarios de conservación de las cuencas hidrográficas.

Además el estudio también deberá incluir los “efectos ambientales significativos que podrían derivar del riego y de las obras hidráulicas, especialmente respecto de las cuencas hidrográficas”.

En tercer lugar la evaluación ambiental también debe establecer las medidas previstas para “prevenir, reducir o compensar los efectos ambientales negativos derivados, así como las modalidades previstas para dar seguimiento a esos efectos y medidas”.

En cuarto y último lugar la evaluación deberá mencionar “los mecanismos y procedimientos para difundir y promover los efectos positivos derivados”.

Este “Informe Ambiental Estratégico” deberá pasar por una instancia de puesta de manifiesto al público, “por un período no menor a 20 (veinte) días corridos, mediante convocatoria a la que se dará amplia difusión y aviso que se publicará en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional”.

El texto de la reglamentación señala que una vez ajustado el Informe Ambiental Estratégico “según las resultancias del proceso de elaboración y evaluación, el mismo será aprobado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”.

En tanto el artículo 15 (el señalado por Panario en su cuestionamiento) aborda las consecuencias de los proyectos presentados y aclara que todos los reparos y controles establecidos en los artículos 13 y 14 “no obstarán al otorgamiento de las autorizaciones, permisos o concesiones de los proyectos de riego y obras hidráulicas con fines de riego agrario”.

El informe de la INDDHH



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