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26/10/2017

Uruguay legisla y dicta sentencias “contrarias al Derecho Internacional de los DDHH”

Ielsur reaccionó a la sentencia de la Suprema Corte que volvió a declarar prescriptos los delitos de lesa humanidad

Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Jorge Chediak.

Con los votos de los ministros Jorge Chediak (presidente), Jorge Turell y Elena Martínez, la Suprema Corte de Justicia dio marcha atrás con dictámenes anteriores y decidió que los delitos de lesa humanidad cometidos por la dictadura prescribieron. Esta setencia, que se dio a conocer esta semana, desconoce tratados internacionales firmados por el país y es “contraria al Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, aseguró el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur).

La Corte declaró inconstitucionales los artículos 2 y 3 de la ley 18.831 que derogó la Ley de Impunidad 15.848. La sentencia, que tuvo los votos discordes de Bernardette Minvielle y Felipe Hounie, considera que los delitos de lesa humanidad que se incorporaron al ordenamiento legal nacional en 2006 no pueden aplicarse a los crímenes cometidos antes de esa fecha. El argumento que sustenta el criterio de la sala es que el de la “irretroactividad de la ley más gravosa”.

En su reacción, Ielsur reseña todos los pactos y convenciones que Uruguay se comprometió voluntariamente a cumplir y recuerda el consenso internacional que respalda la tesis de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, que “se encuentra más allá de lo que hayan legislado las leyes 17347, 18026 y 18831, y existe consenso en la sociedad civilizada de naciones que constituyen estos crímenes, las desapariciones forzadas o involuntarias de personas, las ejecuciones extrajudiciales, las torturas y las detenciones arbitrarias, violaciones, etcétera”.

La sentencia, aprobada el 25 de setiembre, modifica el criterio que había adoptado la Suprema Corte en anteriores recursos de inconstitucionalidad con una integración diferente. Quienes se habían afiliado a esa tesis de la imprescriptibilidad fueron Ricardo Pérez Manrique, Jorge Larrieu y Jorge Ruibal, quienes ya no integran la corporación.

Texto del comunicado de Ielsur

Ante el conocimiento público de la sentencia dictada en un proceso de inconstitucionalidad relativa a crímenes de lesa humanidad de la Suprema Corte de Justicia Ielsur expresa:

1. El Estado Uruguayo continúa legislando y dictando sentencias contrarias al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, desconociendo que se ha obligado soberana, voluntaria y libremente a respetar, garantizar y promover.

2. Se ha obligado a: respetar y garantizar los derechos reconocidos por las normas contenidas los tratados, armonizar la legislación interna con lo establecido en estos instrumentos universales y regionales y establecer recursos judiciales adecuados, eficaces e idóneos, lo cual incluye el derecho de las víctimas a solicitar la debida reparación.

3. La imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad se encuentra más allá de lo que hayan legislado las leyes 17347, 18026 y 18831, y existe consenso en la sociedad civilizada de naciones que constituyen estos crímenes, las desapariciones forzadas o involuntarias de personas, las ejecuciones extrajudiciales, las torturas y las detenciones arbitrarias, violaciones, etc.

4. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de fecha 16.12.1966 – Ley No. 13.751 del 11.07.1969 en su artículo 15.2 establece que no se vulnera el principio de la irretroactividad de la ley penal, cuando se condena a una persona, por acciones que fueran consideradas delictivas en el derecho internacional.

5. Como bien señalan las discordias de los Ministros Hounie y Minvielle, la categoría de crimen de lesa humanidad y su consecuencia necesaria, la imprescriptibilidad, existen al menos desde el fin de la segunda guerra mundial, y comienzan a plasmarse con la Ley de Consejo de Control No. 10 de los Aliados en Alemania de post guerra en especial el artículo II.

6. Las conductas cometidas por los funcionarios del Estado o por particulares contando con la aquiescencia de aquellos, en el periodo dictatorial, son crímenes de lesa humanidad y la imprescriptibilidad es una característica de los mismos. Debe recordarse que se trata de aquellas conductas en las que es el Estado el que viola de manera sistemática y grave los derechos de la población (tortura, desaparición forzada, violación, homicidio político) y es evidente que no pueden prescribir.

7. Esto es jurisprudencia constante surgida a partir de diversos organismos creados a través de distintos Tratados en materia de DDHH, y la SCJ sistemáticamente los desatiende e ignora.

8. Pronunciamientos como el que se menciona no hacen más que debilitar el sistema de garantías al que nuestro país se ha obligado a respetar, e incumple la responsabilidad soberana asumida.

9. El Estado en su conjunto debe reflexionar seriamente si quiere y realmente puede continuar perteneciendo a los sistemas a través de los cuales se aplican los Tratados de Derechos Humanos, en la medida que una y otra vez los vulnera mediante distintas acciones y omisiones desoyendo sus claros mandatos, recomendaciones y condenas.

10. El Estado, más de 40 años de algunos hechos de la dictadura cívico militar debe brindar respuestas acordes al estado de derecho y al derecho internacional de los derechos humanos y enjuiciar y castigar a los responsables.


La Justicia cuando tarda no es Justicia




La tarde de este jueves 26 a partir de las 17 horas se realizará una concentración tras la consigna “La Justicia cuando tarda no es Justicia”, en protesta por la demora de más de 300 denuncias de delitos de lesa humanidad cometidas por el terrorismo de Estado durante la dictadura.

La concentración es convocada por los denunciantes penales de la violación de los derechos humanos durante el terrorismo de Estado, el PIT-CNT, Crysol, Serpaj, Familiares de Detenidos Desaparecidos y el Observatorio Luz Ibarburu.

La convocatoria forma parte además de la campaña #Nohayderecho realizada por los denunciantes de estas causas, quienes a través de videos breves cuentan cómo viven la impunidad que se mantiene en el país ante los crímenes sufridos por sus hijos, hermanos, nietos o parejas. También hay testimonios de ex presos políticos que narran las condiciones de cárcel y tortura sufridas.



Acá podés ver todos los videos de la campaña #Nohayderecho
Aliados de Sudestada