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06/03/2017

Vázquez extendió asistencia directa de ex presidentes a sus viudas

Además de Mercedes Menafra, quienes podrían acceder a este beneficio en caso de enviudar son Martha Canessa, María Julia Pou, Lucía Topolansky y María Auxiliadora Delgado
Personas contratadas en forma especial, funcionarios presupuestados o pases en comisión son las tres formas que tienen algunos cargos del Poder Ejecutivo y del Parlamento para cubrir determinadas necesidades o requerimientos específicos.
 
Un decreto “relativo a la regulación de los servicios de asistencia directa a las personas que hayan ocupado el cargo de presidente de la República” aprobado en el gobierno de Luis Alberto Lacalle destinaba hasta cinco funcionarios públicos para tareas de asistencia directas al mandatario saliente, en caso de que hubiera ocupado el cargo por más de un año. 
 
Luego, bajo el mandato de José Mujica se dispuso que las personas que podían asistir a los ex presidentes podían ser también contratadas. Ahora, la administración de Tabaré Vázquez amplió este beneficio al cónyuge supérstite, que en términos jurídicos es quien sobrevive al otro integrante de la pareja.
 
“El Poder Ejecutivo podrá destinar hasta cinco personas contratadas o presupuestadas para desempeñar funciones de asistencia directa a quien haya ocupado el cargo de presidente de la República por un término superior a un año. El beneficio se extenderá al cónyuge supérstite”, señala un decreto fechado el 18 de noviembre de 2016, al que accedió Sudestada.

 

La decisión del presidente Tabaré Vázquez, tomada en Consejo de Ministros, se adoptó 25 días después de la muerte del expresidente Jorge Batlle, que se produjo el 24 de octubre, por lo que la primera beneficiada directamente resultó ser su viuda, Mercedes Menafra. 

También podrían acceder a este beneficio en caso de enviudar Martha Canessa de Sanguinetti, María Julia Pou de Lacalle, Lucía Topolansky de Mujica y María Auxiliadora Delgado de Vázquez.
 
El decreto firmado por el actual gobierno modificó otro anterior, el 351/014 del 19 de noviembre de 2014 elaborado durante el mandato de José Mujica, “relativo a la regulación de los servicios de asistencia directa a las personas que hayan ocupado el cargo de presidente de la República”.
 
En esta norma la administración Mujica había dispuesto que “el Poder Ejecutivo podrá destinar hasta cinco personas contratadas o presupuestadas para desempeñar funciones de asistencia directa a quien haya ocupado el cargo de Presidente de la República por un término superior a un año".
 
Pero este decreto, firmado por Mujica y todos sus ministros, a la vez derogó a otro decreto de la presidencia de Luis Alberto Lacalle, el 595/993 de 30 de diciembre de 1993. 
 
La norma del mandato de Lacalle sólo permitía que aquellos quienes brindaban asistencia al presidente fueran funcionarios públicos. “Las personas que hayan ocupado el cargo de presidente de la República por un término superior a un año podrán solicitar al Poder Ejecutivo que destine hasta cinco funcionarios públicos para desempeñar funciones de asistencia directa”. 
 
Este decreto señalaba que como es “tradicional, tanto por razones de seguridad, como también para la atención de actividades relacionadas con la investidura del cargo desempeñado, que el presidente saliente sea asistido por un término prudencial por funcionarios públicos de su confianza, para el cumplimiento de tareas de asistencia directa”.

El uso de este beneficio por parte de los mandatarios salientes fue objeto en varias ocasiones de debate en el ámbito político, e incluso llegó a discutirse en la Cámara de Representantes a instancias del entonces diputado Víctor Rossi, hoy ministro de Transporte y Obras Públicas (y firmante del nuevo decreto presidencial). 

A finales del año 2001, según consignó el diario La República, Rossi cuestionó en el parlamento que el expresidente Julio María Sanguinetti tuviera 34 pases en comisión a casi dos añosde haber abandonado la Presidencia. “Que Sanguinetti cuente con 34 pases en comisión, solicitados durante su gestión como Presidente de la República, y que continúen hasta la fecha, plantea el tema de por cuánto tiempo un ex presidente puede contar con la asistencia de funcionarios públicos”, planteó Rossi.

El tema del plazo nunca se solucionó, ya que ninguno de los decretos posteriores (ni el de Mujica ni el de Vázquez) le puso un límite temporal a la asistencia a los ex mandatarios, ni a sus viudas. 
 
Aliados de Sudestada